Locos
Si nos sumergimos en las profundidades del Pacífico, donde el mar guarda secretos, es en esos rincones ocultos de la costa chilena, donde se encuentra una joya preciosa y única: el loco, una especie endémica que ha tejido su historia en los misteriosos fondos rocosos. En su hábitat entre los 0 y 50 metros de profundidad, danza entre las rocas, custodiando los secretos de las profundidades.
La recolección de este tesoro marino es un proceso que se lleva a cabo con reverencia y respeto por parte de los pescadores artesanales, guardianes de las aguas que han sido su hogar durante generaciones. A lo largo de toda la costa chilena, en las áreas de manejo que protegen con celo, se realiza esta labor con manos expertas y corazones comprometidos.
Para preservar su población, se han implementado regulaciones estrictas que abarcan desde vedas que protegen sus períodos de reproducción hasta restricciones en las cuotas de recolección. Estas medidas se enmarcan en una nueva legislación pesquera que busca salvaguardar los tesoros del mar para las generaciones futuras.
Bajo este marco legal, los pescadores artesanales encuentran su camino, respetando las vedas temporales que se establecen por región y cumpliendo con los requisitos necesarios para recolectar el loco de manera legal y sostenible. Solo aquellos que tienen asignada un área de manejo y están organizados y registrados en ella tienen el honor de compartir este regalo del océano con el mundo.
Método de pesca: el loco es una especie endémica del Pacífico Suroriental. El crecimiento es lento, entre 5 y 7 años alcanza su tamaño medio de 10 cm. Habita en fondos rocosos entre los 0 y 50 mts. Se distribuye en toda la costa de Chile.
La recolección es un proceso que queda en manos de los pescadores artesanales. El proceso se realiza a lo largo de toda la costa, en las áreas de manejo de los pescadores y buzos artesanales.
Para proteger el recurso se implementaron diversas regulaciones que van desde la aplicación de vedas hasta la imposición de restricciones en las cuotas de extracción y en el tamaño mínimo aceptado. Las restricciones sobre cuotas y la aplicación de vedas se encuentran bajo el marco de una nueva legislación pesquera. El tamaño mínimo legal para su extracción es de 10 cm en Chile; permitir la extracción por buzos comerciales acreditados y se establecieron vedas temporales por región: entre diciembre y julio desde la XV a la VI región, y entre enero a febrero y julio a diciembre desde la VII a la XII región. Actualmente la única posibilidad legal que tienen los pescadores artesanales chilenos para comercializar este producto es que se les haya asignado una "AMERB" (Área de Manejo de Recursos Bentónicos) y se encuentren organizados y registrados en ella.